En cumplimiento de la ley 679 de 2001 y la resolución 3840 de 2009, BARANOA VIAJES Y TURISMO SAS., se acoge al código de conducta con el fin de proteger a los menores de edad de la explotación sexual. Con el fin de cumplir lo anterior hemos definido las siguientes directrices:
Todas nuestras actividades y operaciones, rechazan cualquier clase de explotación sexual de niños.
Rechazamos la explotación laboral infantil.
Rechazamos la discriminación de raza o género.
Los colaboradores de la agencia, no promoveremos establecimientos donde los menores estén expuestos directa o indirectamente al comercio sexual.
Comunicaremos oportunamente a la policía local y/o autoridades competentes, los casos de comercio sexual con menores que se perciban o detecten y a los proveedores que desarrollen prácticas relacionadas con este aspecto.
Comercializaremos nuestros productos sin publicidad engañosa y sin involucrar prácticas indebidas con niños o adolescentes.
Concientizaremos y divulgaremos al público que la explotación sexual de menores es un delito.
Condenamos todas las formas de explotación sexual con niños y apoyamos todas las acciones legales para prevenir y castigar estos delitos.
Solicitamos a los clientes, proveedores, socios y a otras agencias que rechacen la participación en la explotación sexual de menores y que informen sobre todos los casos de explotación sexual de niños de los que tengan conocimiento.
Manifestamos que no apoyamos el comercio ilegal de especies de flora y fauna, respetamos y promovemos la conservación de nuestra biodiversidad, de acuerdo con Ley 17 de 1981 para prevenir, castigar y rechazar todo acto que maltrate y atente contra la vida de las especies animales del país y la ley 1333 de 2009 para evitar la continuación o realización de acciones en contra del medio ambiente. 2. No apoyamos el comercio ilegal de bienes culturales, respetamos y promovemos la conservación de nuestra cultura, de acuerdo con la ley 63 de 1986 para la prevención del tráfico ilegal los bienes culturales del país y la ley 1185 de 2008 que busca la salvaguardia, protección, sostenibilidad, divulgación y estímulo para los bienes del patrimonio cultural de la Nación. 3. BARANOA VIAJES Y TURISMO SAS., se compromete a impulsar la ley 679 aprobada el 3 de agosto de 2001, cuyo objetivo es el establecimiento de normas para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución Política de Colombia. En este sentido, es nuestro deber informar a todos nuestros usuarios y clientes el Artículo 17 de la ley 679/2001: La explotación y abuso sexual de menores de edad son sancionados penal y administrativamente en Colombia. Y un código de ética para evitar la explotación sexual y comercial de niños de acuerdo con la Resolución 3840 del 24 de diciembre de 2009 y según el Artículo 1 de la Ley 1336 del 21 de julio de 2009